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Nueva normativa define las reglas para la recolección de lapas en Madeira

La Secretaría Regional de Agricultura y Pesca ha publicado la Ordenanza n.º 187/2026, que establece el nuevo régimen jurídico para la recolección de lapas en la Región Autónoma de Madeira. La medida tiene como objetivo garantizar la sostenibilidad de las poblaciones de Patella aspera y Patella ordinaria, después de que estudios científicos confirmaran la necesidad de reducir el esfuerzo extractivo.

Principales cambios:

  • Periodo de veda: Queda prohibida la recolección entre el 1 de noviembre y el 31 de mayo.
  • Tamaño mínimo: Fijado en 40 mm para ambas especies, con una tolerancia del 5 % para ejemplares hasta 5 mm por debajo del límite.
  • Licencias: La transición al formato digital es obligatoria a través de la Ventanilla Electrónica del Mar (BMar), sustituyendo la tarjeta física por una licencia con código QR.
  • Límites de licencias: La licencia específica (sin embarcación) está limitada a 18 licencias anuales, distribuidas por zonas: Zona A (10), Zona B (5) y Zona C (3).
  • Restricciones: La recolección comercial está prohibida los fines de semana y festivos. La recolección familiar para fines no comerciales permanece permitida hasta un límite de 2 kg por día y persona.

Esta ordenanza deroga la anterior Ordenanza n.º 377/2024 y entra en vigor el 30 de abril de 2026.

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